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Tema: Ley de medios: Reloaded

  1. Re: Ley de medios: Reloaded

    Creo que va a ocurrir el punto C, si Alfonso no falla antes de toda esta matufia de tramites y presentaciones...

    La fecha limite de la cautelar fue fijada por la corte (el famoso 7D), sumado a que la semana pasada se pronuncio a favor de una rápida resolución por parte de la cámara, haciendo hincapié en un fin a las "extensiones". No tendría ningún sentido que ahora la prolongación sea correcta cuando la corte misma fijo ese limite y pidió que no se extienda mas.

    Creo que el punto A no es valido porque la misma corte indica que se presente por vía de recurso extraordinario, o seria muy troll "presenta recurso extraordinario" y cuando lo presentas "no es suceptible" jaja...

  2. Re: Ley de medios: Reloaded

    Cita Iniciado por Policarbonato Ver Mensaje
    Che... primero que nada, gracias a Lacrosse y Akadaka por la discusion. Esta fascinante.

    1) Lacrosse, vos decis, entonces, que hay tanto argumentos a favor como en contra de la constitucionalidad? Digo, es el unico motivo por el cual se me ocurre que la corte pueda fallar por "preferencia" y no por lo que dice la letra de la ley. Por ahora, no sé mucho de la cuestión de fondo.

    2) En cuando a lo de la indemnizacion, me resulto interesante eso que dijeron de que el Estado en su accionar lícito no paga lucro cesante. O sea, digamos, las licencias y cosas de las que se desprenda Clarín le serían pagas, de la misma manera que se paga una expropiación, pero no se le va a indemnizar por lo que podría haber ganado si las siguiese teniendo. Hasta ahí entiendo. Sin embargo, si Clarín considera que el haber tenido que desprenderse de las licencias le ocasiona un daño económico por encima de la sóla pérdida de ganancias potenciales (por ejemplo, es cosa sabida que sus acciones cayeron bastante, y hay mucha especulación al respecto, están los gastos administrativos que pueda tener para desprenderse de las cosas, las pérdidas porque probablemente al tratar de desprenderse de todo le van a pagar centavos, etc), puede pedir indemnización en esos términos?

    3) El recurso extraordinario, en caso de ser procedente, hace caer la cautelar inmediatamente (como hubiese pasado con el per saltum)?
    El tema de la responsabilidad lícita del Estado, tiene una mayor parte de la doctrina, (casi únanime) que desestima el lucro cesante y toman como caso ejemplar un fallo en dónde se menciono:

    “En resumen, por aplicación de los criterios ya expuestos, cabe concluir que la indemnización en materia de responsabilidad por actividad lícita de la Administración, debe ceñirse al modo de responder establecido en las disposiciones que contiene la ley de expropiaciones 21.499; las que, en lo que al caso interesa, vedan el reconocimiento del rubro bajo examen.”
    “Abona aun más, la solución que propicio, la circunstancia de que, en la expropiación, hay una transferencia de valores patrimoniales del sujeto expropiado al expropiante: el bien expropiado, por principio, se incorpora al patrimonio del Estado, razón por la cual éste debe indemnizar esos valores.
    En cambio, en el supuesto de autos ¬¬daños causados por la actividad lícita del Estado¬ no se ha producido un acrecimiento patrimonial para el municipio accionado, no ha habido una transferencia de un bien de un patrimonio a otro, el "pasaje de valores" del enriquecimiento sin causa, sino una legítima afectación de los derechos de un particular, sacrificados por razones de interés público.”


    Sin embargo, es cierto que la Corte ha esta abriendo una pequeña puerta de forma estricta a la posibiliad de pagar lucro cesante. Hubo un fallo en donde dijo que "hay que ver las circunstancias del caso" y si bien aceptó el rubro de lucro cesante, desechó la estimación de cálculos y no se le pagó nada el que demandaba.

    "La realidad es que El Jacarandá S.A. nunca explotó la licencia, nunca realizó las inversiones imprescindibles para obtener alguna ganancia de la explotación y es una mera conjetura suponer que hubiera obtenido una ganancia equivalente al 2,5 % de los ingresos totales registrados en un año determinado que se toma como modelo, una década más tarde (según el criterio del fallo de la primera instancia, considerando 7°, a fs. 314). Por lo demás, en su memorial de fs. 404/412, la parte actora se ha limitado a impugnar la exclusión del rubro "lucro cesante" sin presentar un solo desarrollo sobre los concretos daños que no le habían sido reconocidos en la segunda instancia. En suma, no se ha probado en este litigio una concreta privación a la actora de ventajas esperadas de acuerdo a probabilidades objetivas, lo cual impide revertir la decisión de la cámara sobre el punto. "

    Hubo una importante disidencia en ese fallo, encima de una civilista (Highton)

    Sobre lo que planteas, para mi todos los valores especulativos no habría que pagarlos (que forman parte del lucro cesante). Solo en el caso en que al precio que vendan obtengan menos de lo que y gastos que incurrieron (daño emergente) capaz podrian plantear que se les pague hasta dicha cifra. (si compraron una antena a $1.000.000 y la terminan vendiendo a $200.000), que igualmente es muy discutible y que no creo que pase tampoco. Había varios que ya habian presentado su plan de desinversión y sobre esto nada se había objetado.
    Última edición por akadaka; 11/12/2012 a las 17:09

  3. Bolud@ Atad@ Avatar de lacrosse
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    Re: Ley de medios: Reloaded

    Pero en el segundo fallo que citas estaria diciendo que si la empresa hubiera hecho lo necesario para que las ganancias sean factibles, si se le deberia, no?

    Igual aca no es lo mismo que el primer fallo que citas. Vos en una casa vivis, no tenes ganancia de eso. Si a vos lo que te expropian es un comercio, ademas de perder las paredes y la mercaderia, perdes ganancias.

    No se, te repito que no hice administrativo, pero aplicando principios generales me parece que es totalmente logico exigirle al estado el pago del lucro cesante. Incluso por ejemplo hay fallos que declaran inconstitucional articulos de la ley de art por no resarcir integramente el daño causado. Pero bueno, se q estoy hablando aplicando principios de otras ramas asi q puedo estar diciendo cualquier cosa.
    Cita Iniciado por Negro Fontanarrosa
    Hace algún tiempo escribí, en una pieza literaria sinceramente inmortal: “Rosario Central no tiene historia. Tiene mitología”. Y esto es así porque sus orígenes, sus avatares y sus formidables campañas están siempre fluctuando entre la realidad y la fantasía, lo palpable y la ficción, lo comprensible y lo inexplicable.¿Cómo no ser hincha, entonces, de un equipo así? ¿Acaso puede evitar, un intelectual sólido y sensible como quien esto escribe, ser captado, atrapado y seducido por una divisa que desde la realidad más palmaria y comprobable se dispara hacia la exageración y la desmesura? Todo es increíble, todo es sospechoso, mis amigos, en los relatos partidarios de hechos inusitados, de hazañas que rozan lo inconcebible, lo fantasioso y la imaginación pura.

  4. Re: Ley de medios: Reloaded

    El caso del primer fallo que cité (se llama Motor Once por si queres ficharlo), lo que pasó fue que hubo un cambio de legislación sobre seguridad e incedios en la Ciudad de Buenos Aires, prohibiendo que arriba de las estaciones de servicio existiran edificios con destino a viviendas. Motor Once S.A (la estación de servicio) quedo ante el cambio de legislación en infracción y demandó al estado por una reparación integral, lucro cesante y daño emergente.(se aplico analogamente la ley de expropiaciones y se le pagó daño emergente solamente).

    No hubo tampoco una exporpiación, ni tampoco la va haber en el Caso de Clarín.



    En el segundo caso, es el que te digo por primera vez se apartaron del criterio mayoritario y abrieron es verdad , una posiblidad de una reparación del lucro cesante . El fallo es críticado, porque la Corte se remitió a un precedente de los 80´de materia contractual, y este no lo sería. Incluso una civilista como Highton termina disintiendo diciendo que no puede aplicar normas del derecho civil en el caso.



    Ley de medios: el fiscal pidió que se desestime el planteo de Clarín - lanacion.com * !!!!!!!

  5. Re: Ley de medios: Reloaded


  6. Re: Ley de medios: Reloaded

    Deslindadose de la idea del fiscal televisivo que actua en materia penal y lleva la causa, existen otros tipos de fiscales en materia civil, comercial, contencioso, étc que intervienen en las causas para dar un dictámen, cumpliendo una función de "observancia" del órden jurídico. Una de las razones por las cuales internvienen, entre otras, es para dar su opinión cuando haya un planteo de inconstitucionalidad.

    El juez no está obligado a fallar según lo que diga el dictámen pero es algo con cierta relevancia jurídica como para convencerlo. Al momento entonces de la causa, ya hay una persona que analizando lo alegado por las partes desechó la inconstitucionalidad planteada.

    Espero no llevarnos la sorpresa después.

  7. Re: Ley de medios: Reloaded

    Cita Iniciado por lacrosse Ver Mensaje
    Lo de los milicos lo dejo pasar, porque ya se discutio y el topic es sobre la ley de medios. De ultima hacete otro topic y lo discutimos ahi.
    Lo unico que le digo a akadaka es que la mayoria de la doctrina los considera constitucionales porque queda como el orto decir que videla tiene que estar suelto. Fijate si sera asi, que Argibay (creo que fue ella), que fue secuestrada en la dictadura, voto en contra de las condenas en varios fallos.

    Pero esto lo dejo aca, porque no da para meterse en esto.

    Lo de clarin corresponde indemnizar porque el estado a traves de diversas autorizaciones y de establecer ciertas reglas de juego crea en todos nosotros una espectativa. Clarin agarro esa espectativa, invirtio, y espero ganar una suma X. El estado hace un accionar licito (como es cambiar las reglas de juego a traves de una ley) pero que causa un perjuicio a quien legitimamente invierte y espera tener una ganancia. De ahi surge el fundamento de la indemnizacion. Si me vas a decir de las presiones a gobiernos, de la complicidad con la dictadura, de diversos delitos, y cosas asi para decirme que el accionar de clarin no fue legitimo, lamento informarte que si no se prueba y hay condena firme en fuero penal todos esos argumentos te los metes en el culo en un eventual juicio civil.
    Y si, cablevision sigue facturando, pero Nestor cuando le firma el decreto le creo una espectativa de ganancia a 10 años (fue por 10 años lo de la fusion?), no a 3.


    Te doy un ejemplo concreto: En Rosario hace varios años desembarco la cadena de helados cordobesa Grido. No se si la conoceran, pero basicamente son helados MUY baratos ($20 el kg, contra $60 q salen el resto). La gente se empezo a copar ytendo a comprarle, y cada vez vendieron mas franquicias. Todo muy lindo, hasta que los heladeros grosos empezaron a hacer lobby y consiguen una ordenanza que limita la cantidad de heladerias q puede haber por cada cadena a 20 heladerias. El tema fue que, si bien Grido tenia 20 heladerias funcionando, habia un par mas q ya tenian toda la autorizacion, pero estaban armando el local. Cuando tienen el local listo piden la ultima autorizacion para abrir y no lo dejan por la ordenanza esa.
    Ahora, que hacemos con estos tipos que inviertieron en una franquicia, e hicieron todo de acuerdo a las normas vigente en ese momento?? Le decimos, "Chupala, perdiste 100 lucas"? O el estado, con su obrar licito, es responsable por las perdidas que estos tipos tuvieron?
    En tu caso los heladeros son propietarios, yo entiendo que Clarin es licenciatario de una propiedad estatal que es la frecuencia radioelectrica en la que funcionan sus medios.

  8. Coso Azul. Avatar de haunTd
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    Re: Ley de medios: Reloaded

    Cita Iniciado por barbabuenita Ver Mensaje
    En tu caso los heladeros son propietarios, yo entiendo que Clarin es licenciatario de una propiedad estatal que es la frecuencia radioelectrica en la que funcionan sus medios.
    La licencia es una propiedad en sí que actúa sobre otra propiedad, que sí es del Estado. No dice que se pague por sacarle la frecuencia radioeléctrica sino porque Clarín no la va a utilizar por el tiempo que la tenía licenciada.

    Igual me preocupa más que el fallo contra Clarín, el hecho de que se acepten los planes de adecuación que salieron en estos días a la luz, porque de ser así va a ser un viva la pepa, le paso las licencias al jardinero y listo, y ésto no va a servir sino para el título del diario de "desarmé el Grupo Clarín", pero a la mierda la pluralidad de voces. Espero que los manden a freír churros como corresponde.
    Última edición por haunTd; 11/12/2012 a las 23:55

  9. Re: Ley de medios: Reloaded

    Cita Iniciado por haunTd Ver Mensaje
    La licencia es una propiedad en sí que actúa sobre otra propiedad, que sí es del Estado. No dice que se pague por sacarle la frecuencia radioeléctrica sino porque Clarín no la va a utilizar por el tiempo que la tenía licenciada.
    .
    No, no, no era ese mi planteo. Entiendo que "lo que hubiese ganado si hubiese tenido las licencias hasta el término" (sea cual sea el término) no correspondería pagar. Aunque es discutible, entiendo que el estado no debería estar sujeto a ese tipo de presiones económicas a la hora de tomar una decisión "por el bien común". En el caso de la estación de servicio, parece obvio, pero una resolución basada en mejorar la seguridad de las personas no puede tener como contracara que hay que pagarle a los dueños de todos los edificios sobre estaciones de servicio por el alquiler que hubiesen cobrado hasta el fin de la vida útil del edificio. Es medio absurdo. Sin embargo, creo que a lo mejor corresponde pagar otras cosas (el costo de la propiedad y el gasto de demolerla en caso de ser necesario), porque el tipo al hacer el edificio actuó en buena fe y de acuerdo a la legislación actual..

    Mi planteo es por otras dos cosas:

    1) No se bien como funcionen las licencias, pero en un contrato (alquiler, por ejemplo) hay causas por las cuales se puede rescindir. Si las causas no se dan, y yo unilateralmente quiero romper el contrato, seguramente tengo que pagar una penalización, o la otra parte tiene derecho a venir a hacerme juicio. Asumo que las licencias se contratan con un término (corríjame alguien si me equivoco), que dichos contratos se hicieron bajo las leyes presentes al momento y que no hay una cláusula que diga "si el Estado se cambia las reglas, puede rescindir la licencia en cualquier momento". A priori, la impresión que me dio cuando vi este problema por primera vez era que los contratos eran legales y, por irretroactividad de la ley, había que dejarlos seguir hasta que se terminen. Pregunto si, al romperse el contrato en forma unilateral, no corresponde alguna indemnización.

    2) Luego estan las "cosas físicas" (equipamiento, propiedades, etc) de las que se tiene que deshacer Clarín por la aplicación de la ley. Incluyo en esto aquellas cosas que son por acción directa de la ley (tiene que vender alguna empresa, etc), y por consecuencia indirecta (le quedan un montón de antenas al pedo, digamos). Por supuesto, toda esa porquería está sujeta a mucha discusión: si compró una antena y la usó durante 5 años, está casi amortizada, con lo que en realidad no creo que corresponda que le paguen nada. Pero salvando la discusión de cuánto, mi pregunta era si corresponde o no, en forma general. De lo que deduzco de las respuestas de Akadaka, esto entra dentro de lo que es "daño emergente", pero la verdad es que no conozco las definiciones.

  10. Re: Ley de medios: Reloaded

    Última edición por Morfeanath; 14/12/2012 a las 18:27
    Cita Iniciado por Bertrand Russell
    Advocates of capitalism are very apt to appeal to the sacred principles of liberty, which are embodied in one maxim: The fortunate must not be restrained in the exercise of tyranny over the unfortunate.

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