-
4 8 15 16 23 42
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 02:42
Que bueno, somos 2 que no miramos lanata.
-
Senior Member
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 08:46
El error esta en creer que esto no es inconstitucional, lo es y es gravísimo porque deja un antecedente que pone en jaque la división de poderes. Te abre la puerta a gobernar 4 años sin CSJ, sólo tenes que jugar políticamente y esperar los periodos de receso del Congreso.
-
Somewhere in the void...
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 09:31
Iniciado por
Lethos
El error esta en creer que esto no es inconstitucional, lo es y es gravísimo porque deja un antecedente que pone en jaque la división de poderes. Te abre la puerta a gobernar 4 años sin CSJ, sólo tenes que jugar políticamente y esperar los periodos de receso del Congreso.
si esta previsto en la constitucion, decime q es lo q lo hace inconstitucional
-
Senior Member
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 09:34
Muchas cosas están en la Constitución y sin inconstitucionales. Dejen de comerse el primer cuento que les tiran. Ejemplo, la condición a 75 años de edad de los jueces de la CSJ. Es absolutamente inconstitucional y ya fue reconocido de esa manera.
-
Bato la posta...con fruta
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 10:03
Iniciado por
Lethos
Muchas cosas están en la Constitución y sin inconstitucionales. Dejen de comerse el primer cuento que les tiran. Ejemplo, la condición a 75 años de edad de los jueces de la CSJ. Es absolutamente inconstitucional y ya fue reconocido de esa manera.
Art. 99, inc. 19 habla de que puede designar empleos que requieran acuerdo del Senado cuando no esté en funciones. Despues tiene hasta noviembre del 2016 para que el Senado se lo convalide.
Lo que se discute es si "empleos" incluye o no a los jueces de la Corte Suprema.
Si modifican eso, quedaría clarito. Personalmente pienso que es momento.
-
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 10:04
Iniciado por
MrSrGoodtipo
Art. 99, inc. 19 habla de que puede designar empleos que requieran acuerdo del Senado cuando no esté en funciones. Después tiene hasta noviembre del 2016 para que el Senado se lo convalide.
Lo que se discute es si "empleos" incluye o no a los jueces de la Corte Suprema.
Lo cual justamente es todo el punto. Fallos anteriores de la CSJ exijen que se interprete de forma minimalista cuando se trata de aumentar el poder de un Poder sobre otro. Como en este caso. O sea, que si hay dos interpretaciones posibles, SIEMPRE hay que elegir la menos amplia.
Iniciado por
Bertrand Russell
Advocates of capitalism are very apt to appeal to the sacred principles of liberty, which are embodied in one maxim: The fortunate must not be restrained in the exercise of tyranny over the unfortunate.
-
Bato la posta...con fruta
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 10:16
Iniciado por
Morfeanath
Lo cual justamente es todo el punto. Fallos anteriores de la CSJ exijen que se interprete de forma minimalista cuando se trata de aumentar el poder de un Poder sobre otro. Como en este caso. O sea, que si hay dos interpretaciones posibles, SIEMPRE hay que elegir la menos amplia.
Correcto, el tiempo apremia. No quiero dejar pasar esto:
Iniciado por
Morfeanath
Estoy siendo gentil, porque realmente no sé de constitucionalidad. En una de esas hay magos de la constitucionalidad trabajando con Macri. .
Sabes que Macri hizo mucha fuerza durante la Campaña en una Corte Constitucionalista, en un equipo de asesoramiento judirico de Constitucionalistas. Yo había interpretado que Macri vendía la capa Republicana. Bueno, al parecer no se refería a eso! jajaja.
-
Senior Member
Re: ¿A quien joraca voto?
15/12/2015, 10:29
Iniciado por
MrSrGoodtipo
Art. 99, inc. 19 habla de que puede designar empleos que requieran acuerdo del Senado cuando no esté en funciones. Despues tiene hasta noviembre del 2016 para que el Senado se lo convalide.
Lo que se discute es si "empleos" incluye o no a los jueces de la Corte Suprema.
Si modifican eso, quedaría clarito. Personalmente pienso que es momento.
No, es inconstitucional. Viola los principios constitucionales (que están por sobre la reglamentación), no respeta ni las condiciones del artículo sobre el momento de producida la vacante, reduce el cargo público de ministro de la corte suprema de justicia a la de mero empleado y no cumple requisito de emergencia alguno, existen conjueces. Es un error agitar la constitucionalidad.
Temas Similares
-
Por NeuroN en el foro Shut Up!
Respuestas: 165
Último Mensaje: 25/06/2009, 20:57
-
Por Martigan en el foro Shut Up!
Respuestas: 42
Último Mensaje: 12/01/2009, 12:02
-
Por Juanchilio en el foro Shut Up!
Respuestas: 9
Último Mensaje: 19/11/2008, 08:09
-
Por Zippex en el foro Outlands
Respuestas: 21
Último Mensaje: 27/12/2005, 13:16
Permisos de Publicación
- No puedes crear nuevos temas
- No puedes responder temas
- No puedes subir archivos adjuntos
- No puedes editar tus mensajes
-
Reglas del Foro
ESCORTS Capital Federal | ESCORTS Zona Sur | ESCORTS Zona Norte | ESCORTS Zona Oeste | ESCORTS Mar del Plata | ESCORTS La Plata | ESCORTS Cordoba | ESCORTS Rosario | ESCORTS Tucuman | Escorts Almagro | Escorts Belgrano | Escorts Caballito | Escorts Centro | Escorts Flores | Escorts Microcentro | Escorts Once | Escorts Palermo | Escorts Recoleta | Escorts Tribunales | Escorts Devoto | Escorts Villa Urquiza | Escorts Caba