¿Tenés problemitas con el concepto de lo "normal"?
Licencia por paternidad a alguien que fue madre? En todo caso, tendría que modificarse la ley. Pero, mientras rija tal cual está, no podés darle a una madre una licencia por ser padre.
pero tampoco podes darle la licencia de maternidad a ambos padres, por mas que sean 2 mujeres.
Iniciado por mandrila
¿Qué les jode exactamente de todo el tema? Porque lo que atacan es que una mujer haya conseguido una licencia por maternidad sin haber gestado al crío. Si hablamos de gestación como condición necesaria (condición que no se expresa como necesaria), entonces tampoco corresponde la licencia por maternidad en el caso de adopción, verdad? Una mujer que "consigue tener hijos" por medios que no son los tradicionales no queda excluída de optar por la licencia, dado que, la ley (Contrato de Trabajo) no la excluye explícitamente.
Y ahora, REVOLUCION y RAE. Chequeen "maternidad", no duele.
no lo consiguio todavia, y no me jode que una mina que no gesto le den licencia por maternidad, lo que si la excusa de la mina es que ella es mujer y que ella quiere pasar tiempo con su esposa e hijo, que a excepcion de las tetas (para algunos) y el pito muchos hombres quieren lo mismo, pasar tiempo con su esposa e hijo recien nacidos. Entonces porque te quejas vos que nosotros pensemos en modificar la ley para que los padres tambien tengan derecho al mismo tiempo?
mucho feminismo mucho feminismo pero solo cuando les conviene
Art. 177. —Prohibición de trabajar. Conservación del Empleo.
Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre-término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días.
En este párrafo ya aclarar que son 90 días de licencia (30 pre-parto y 60 post-parto o 45 y 45, total 90 días)
En resumen, sólo a la mujer que de a luz le deben dar el beneficio de la lic. x maternidad.
Art. 177. —Prohibición de trabajar. Conservación del Empleo.
Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre-término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días.
En este párrafo ya aclarar que son 90 días de licencia (30 pre-parto y 60 post-parto o 45 y 45, total 90 días)
En resumen, sólo a la mujer que de a luz le deben dar el beneficio de la lic. x maternidad.
ellos estan bajo la ley provincial 9.905
Esta ley, sancionada en Córdoba en febrero de 2011, dice que "las o los agentes –según corresponda– dependientes de los tres poderes del Estado provincial (...), gozarán de: a) licencia por maternidad de 180 días corridos, o b) licencia por nacimiento de hijo de ocho días corridos".
segun la rae la licencia o permiso por maternidad es el permiso laboral retribuido del que pueden disfrutar las mujeres tras el parto o los trabajadores tras la adopción.
Le está buscando la vuelta a la ley para aprovecharse, es corta. Más allá de ser torta o puto o lo q sea, es un garca. Lo q está intentando hacer, de "igualitario" no tiene nada.
Art. 177. —Prohibición de trabajar. Conservación del Empleo.
Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre-término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días.
En este párrafo ya aclarar que son 90 días de licencia (30 pre-parto y 60 post-parto o 45 y 45, total 90 días)
En resumen, sólo a la mujer que de a luz le deben dar el beneficio de la lic. x maternidad.
Igual es a interpretación, no dice quien es la que va a pasar por el parto
Maternidad no implica estar embarazada , solo implica ser madre.
Q????? te habla de nacimiento esa norma, es obvio q si habla de nacimiento esta haciendo referencia a alguien embarazada. No hay otra interpretación que hacerle, maternidad requiere q haya un embarazo y punto, no hay mas vuelta q darle. La situación del adoptado y parejas homosexuales debe atenerse a otro regimen legal. La licencia de maternidad nace con la intencion de proteger a la madre durante el post parto, obviamente a la madre q recien tiene un hijo no la podes mandar a trabajar a los 2 días, puesto q pones en riesgo la vida de la madre y del hijo, pero la pareja (hombre o mujer) no pasa por la misma situación, entonces no es posible tratar de hacer "igualitaria" la norma.