
Iniciado por
Policarbonato
Pará, a ver...
Lei el fallo completo. Los jueces dicen que la cautelar se mantiene, y vence el 7 de diciembre (con lo cual, la tecnica esa que usó Clarín para hacer tiempo no le funcionó). Pero a pesar de que se quejan largamente sobre que las cautelares no deben ser extendidas indefinidamente, e insisten en que se resuelva la cuestión de fondo, no veo que diga nada sobre qué pasa si, llegado el 7 de diciembre, no se resolvió la cuestión de fondo.
O sea, declaran que la cautelar vence entonces. Dicen, además, que el plazo para adecuarse a la ley ya venció, dado que la autoridad de aplicación ya determinó los mecanismos de transición hace un par de años. Pero hasta donde entiendo, si la justicia no se expidió sobre la cuestión para el 7 de diciembre, no hay nada que impida que Clarín pida extender la cautelar hasta que haya un fallo. En ese sentido, creo que la propaganda no miente: por más que Clarín haya intentado extender los plazos ad aeternam (cosa que, enfrentemos, hacen todos los abogados...), la verdad es que la justicia no resolvió el tema, cosa que no es culpa de Clarín en sí.
Lo que sí, entiendo, es mentira (o al menos equivocado), es eso de que todavía hay que esperar un año más a partir del punto en que el artículo 161 deja de estar en suspenso. El año no era un plazo para desinvertir, era a partir del momento en que la autoridad de aplicación estableciese mecanismos para hacer la transición, y eso ya pasó. Si el artículo deja de estar suspendido, está bastante claro que Clarín debería hacer la desinversión inmediatamente. Pasa que no veo motivos para que no se le otorgue otra cautelar, siendo que la carga de resolver el problema está en la justicia, no depende de Clarín, y puede ocasionarle grandes perjuicios si desinvierte y finalmente el fallo sale a su favor.